| BENEFICIARIOS.
QUIENES PUEDEN AFILIARSE A LA OBRA SOCIAL:
- El trabajador en relación de dependencia según los establece el Art.1º de la Ley 23.660.
- El trabajador que realizó opción de cambio, con una antiguedad de 1 año.
- El trabajador despedido, a través de ANSES podrá tener el beneficio de la cobertura por desempleo.
REQUISITOS QUE SE DEBE CUMPLIR Y DOCUMENTACION QUE DEBERA ADJUNTAR:
| TITULAR |
Fotocopia de 1º Y 2º hoja del DNI.
Alta temprana o recibo de sueldo. |
CONYUGE (Sin ningun beneficio social) |
Hombre. Sin relación laboral alguna.
Certificado o partida de matrimonio.
Fotocopia de 1º Y 2º hoja del DNI.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
Certificación Negativa de este (ANSES).
CODEM del titular donde esté incluido este (ANSES).
Mujer. Sin relación laboral alguna.
Certificado o partida de matrimonio.
Fotocopia de 1º Y 2º hoja del DNI.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
Certificación Negativa de este (ANSES).
CODEM del titular donde esté incluido este (ANSES).
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CONCUBINA/O (Sin ningun beneficio social) |
Declaración jurada ante juez de paz.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
Certificación negativa de esta/e (ANSES).
CODEM del titular donde esté incluido esta/e (ANSES).
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| HIJOS MENORES DE 21 AÑOS |
Fotocopia de partida o certificado de nacimiento.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
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HIJOS MAYORES DE 21 AÑOS HASTA LOS 25 AÑOS (a cargo del titular que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos). |
Fotocopia de partida o certificado de nacimiento.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
Certificado de estudio (se debe presentar una vez al año al iniciar el año lectivo, sino se dará la baja).
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| HIJO/A DE CONCUBINA/O |
Fotocopia de Partida o Certificado de Nacimiento.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
NEGATIVO del hijo/a donde conste que no recibe ningún otro beneficio social.
CODEM del titular donde esté incluido esta/e (ANSES). |
HIJO DISCAPACITADO (a cargo del titular, sin ningún beneficio social, cobertura sin límite de edad). |
Fotocopia de partida o certificado de nacimiento.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
CODEM del titular donde esté incluido este (ANSES).
NEGATIVO del hijo donde conste que no recibe ningún otro beneficio social.
Certificado de discapacidad debera estar emitido:
- En el interior. Por un Hospital Nacional, Provincial o Municipal en el que se acredite la existencia de la discapacidad para trabajar, su naturaleza y grado (este será analizado por los médicos e informarán a este sector si corresponde dicha cobertura.
- En Capital y Gran Bs. As. Por el Servicio de rehabilitación de Promoción de la Persona con Discapacidad en el que se acredite la existencia de la discapacidad para trabajar, su naturaleza y grado (este será analizado por los médicos e informarán a este sector si corresponde dicha cobertura). |
| MENOR BAJO GUARDA O TUTELA |
Fotocopia de partida o certificado de nacimiento.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Testimonio o certificado expedido por autoridad judicial.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
CODEM del titular donde este incluido esta/e (ANSES).
NEGATIVO del hijo donde conste que no recibe ningún otro beneficio social. |
| HIJO ADOPTIVO |
Fotocopia de partida o certificado de nacimiento.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Testimonio de sentencia judicial de adopción.
Constancia de CUIL. (Por resol. 370/10 de SSS).
CODEM del titular donde este incluido esta/e (ANSES).
NEGATIVO del hijo donde conste que no recibe ningún otro beneficio social. |
| INCORPORACION DE ADHERENTES (NORMA 81/95).
SOLO SE PERMITE INCLUIR COMO ADHERENTE A LOS ASCENDIENTES Y DESENDIENTES POR CONSANGUINEIDAD.
Para la incorporación de los adherentes el titular deberá declararlos y presentar la documentación requerida en
la empresa en la que trabaja. Luego esta deberá realizar el pedido de incorporación en la Obra Social y deberá,
de acuerdo a lo establecido por ley, descontar del sueldo del titular mensualmente el 1,5% por cada uno de los adherentes y
depositarlo en favor de la Obra Social.
REQUISITOS QUE SE DEBE CUMPLIR Y DOCUMENTACION QUE DEBERA ADJUNTAR:
| MADRE/PADRE |
Tener Edad Jubilatoria sin ningún beneficio.
Fotocopia de Partida o Certificado de Nacimiento del Titular para determinar el lazo sanguíneo.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Certificación Negativa de esta/e (ANSES).
CODEM del titular donde este incluido esta/e (ANSES).
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| NIETO/A |
Tenencia o Guarda del Menor expedido por Autoridad Judicial.
Fotocopia de Partida o Certificado de Nacimiento del Titular para determinar el lazo sanguíneo.
Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
Certificación Negativa de esta/e (ANSES).
CODEM del titular donde este incluido esta/e (ANSES).
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IMPORTANTE: En todos los casos sin excepción, cada vez que se declare un adherente, se deberá presentar la planilla de afiliación firmada y sellada por la empresa.
| REQUISITOS PARA HACER OPCION DE CAMBIO (RES. SSS 53/98).
QUIENES PUEDEN HACER USO DEL DERECHO DE OPCION?
- Todas las personas que trabajen en relación de dependencia y estén afiliados a una Obra social según lo establece el Art.1 del Dto. 504/98.
- Los jubilados solo podrán optar por aquellas obras sociales que figurén en el listado de Obras Sociales para atención de Jubilados y Pensionados.( Este trámite lo deben realizar en ANSES).
CUANDO Y CUANTAS VECES?
- Se puede realizar desde el inicio de la relación laboral (RES.1400/01) y deberá permanecer un año para poder realizar otra opción (Res.504/98).
QUIEN Y COMO?
- El Beneficiario titular en forma personal.
- Completando el formulario (Dto.1400/01).
- Certificación la firma del formulario ante autoridad judicial o policial (Res.950/09).
- Presentar fotocopia de DNI, 1º y 2º hoja.
- Presentar fotocopia del último recibo de sueldo.
- Leyendo atentamente la Declaración Jurada ( 433/03) y firmándola.
- Recibiendo la cartilla médica (Res.76/98 y firmando la constancia de recepción de esta).
- En caso de tener familiares a cargo enviar documentación correspondiente. (Ver Beneficiarios).
Toda esta documentación NO debe tener tachaduras ni correcciones.
DONDE?
- En la Obra Social elegida (que debe ser una de las indicadas en el Art. 1 de la Ley 23660 excepto el inciso g )
CUANDO COMIENZA LA COBERTURA?
- El primer día del tercer mes posterior a la presentación de la opción de cambio.
OBLIGACION DEL TITULAR QUE HIZO OPCION:
NOTIFICAR AL EMPLEADOR PRESENTANDOLE LA COPIA DEL FORMULARIO DE OPCION, ESTO LO DE DEBE REALIZAR EN CADA NUEVA RELACION LABORAL PARA QUE SUS APORTES SEAN DERIVADOS CORRECTAMENTE.
| BAJAS EN PADRON - DOCUMENTACION A PRESENTAR.
LAS BAJAS DE PADRON PUEDEN REALIZARSE PRESENTANDO LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:
| FALLECIMIENTO DEL TITULAR |
Certificado o Partida de Defunción a la brevedad posible.
Y si este tiene familiares a cargo, estos tendrán una cobertura por tres meses según lo dispuesto en el Art. 10 de la ley 23.660.
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| CONYUGE |
Divorcio o separación personal. Sentencia de Divorcio o Separación Personal, se dará la baja siempre que no se declare inocente en el juicio de divorcio o separación.
Fallecimiento. Certificado o Partida de Defunción a la brevedad posible.
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| CONCUBINA/O |
CODEM del titular donde dió la baja del conviviente.
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| ASCENDIENTES O DESCENDIENTES DEL TITULAR |
CODEM del titular donde dió la baja de ellos.
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FORMULARIOS / DESCARGAS.
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